El arbolado de Los Toldos:
El arbolado de nuestro pueblo no escapa a lo que ocurre en los distintos
pueblos de nuestro país, es producto de
una fuerte tradición europea originada por la inmigración, (donde el árbol en
aquellas latitudes proveía de energía, por lo que año tras año era mutilado con
las podas estacionales que proveerían del recurso necesario para afrontar el
frío invierno del viejo mundo), por lo que se ve dañado año tras año.
No solo las malas prácticas de poda es herencia europea, la mayoría de
las especies utilizadas en el arbolado urbano son exóticas y es casi imposible
encontrar árboles nativos en nuestros parques y veredas.-
En los últimos años ha sido abundante la normativa en relación al manejo
y cuidado del arbolado, pero quienes deben poner en marcha estas prescripciones
no parecen tomar conciencia, por lo que considero necesario que quienes
sentimos cierta pasión por este tema, debemos utilizar todas las herramientas
que se encuentran a nuestra disposición para cuidar, preservar y mejorar el
arbolado urbano…
En nuestro pueblo es muy fácil de observar la falta de planificación y
conciencia ambiental, lo que se traduce en un arbolado anárquico que, en muchos
casos, enfrenta al árbol con el vecino sin permitirle a éste valorar los
beneficios que le aporta a la ciudad.
A pesar que las quejas
de los vecinos, muchas veces se asocian a apreciaciones infundadas, es real
también que son muchos los árboles que originan conflictos.
Desde hace muchos años
que se viene plantando sin criterio alguno y esto se refleja, por ejemplo en la
monotonía del paisaje y la imposibilidad de asociar zonas de la ciudad con
tipos o especies de árboles y en la cantidad de especies implantadas que son
inadecuadas para las veredas por su porte o el comportamiento de sus raíces.
Los problemas del
arbolado se originan en la incorrecta selección de la especie y éste error es
muy costoso a la hora de mantenerlo, complicándose para el técnico la gestión.
Otros problemas que
encuentra quien gestiona el arbolado es la mala calidad de los árboles
plantados ó árboles mal plantados, con poca vitalidad ó mal podados lo cual los
convierte en ejemplares vulnerables.
La idea de este blog es realizar un aporte al mejorado de nuestro arbolado, y consideramos que esto es
posible si se ponen en marcha la legislación vigente en nuestro medio, la que a continuación se detalla:
1. La ley provincial nº 12.276
intenta ordenar en todo el ámbito provincial la problemática del arbolado
público.
Para
ello, le da sustento a las más diversas actividades relacionadas con el tema y
define específicamente los roles que deberán asumir los municipios y el
gobierno provincial en relación a la organización, ejecución, contralor y
penalidades que se deriven de la instrumentación de los planes que se pongan en
práctica en cada uno de los municipios. Ver anexo = texto ley 12.276 (decreto
725/99).
2.Ordenanza Municipal 2.663: establece el marco
regulador del arbolado urbano y espacios públicos dentro del partido de general
Viamonte.-
3. Ordenanza Municipal 2.494: Crea el Consejo de Arbolado Público,
invitando a entidades, funcionarios e interesados a planificar estratégicamente
el arbolado urbano.-
4.Ordenanza Municipal 2.503: creada a instancias del Concejo
Deliberante Estudiantil, declara como “Monumento Natural” algunos ejemplares de
arboles representativos, e invita a realizar campañas para la protección y
cuidado de los árboles.-
Consideramos necesario que para mejorar la realidad de nuestro arbolado, más
allá de quien sea el responsable de lograrlo, es necesario establecer pautas que
conduzcan y orienten el trabajo a
realizar, para lo cual planteo los siguientes objetivos:
1)
Optimizar el número de árboles necesarios en la ciudad permitiendo un
desarrollo armónico en función de aspectos utilitarios, paisajísticos y
ambientales.
2)
Lograr un adecuado mantenimiento de los árboles, generando estructuras fuertes
y sanas.
3)
Normativizar la calidad de árboles, las tareas de plantación y mantenimiento y
seguridad del trabajo.
4)
Planificación de la producción de especies a incorporar como arbolado nuevo o
de reposición.
5) Incorporar
nuevas especies, pautas de manejo y nueva tecnología acorde a los avances
científicos.
6)
Capacitación permanente del personal involucrado en la cría de árboles ,
plantación y mantenimiento y gestión del arbolado.
7) Realizar y mantener actualizado el censo arbóreo de la ciudad como
herramienta esencial para la gestión.
8)
Asegurar los mecanismos para que la información sea de dominio público y de
utilidad para un mejor control de la gestión y desarrollo de las actividades
privadas.
9)
Adecuar el marco jurídico a las demandas actuales del arbolado de la ciudad.
10)
Implementar campañas de difusión tendientes a concientizar al vecino sobre las
bondades del árbol y el cuidado de los mismos.
11)
Instrumentar dentro del sistema educativo, la capacitación de los docentes para
que transmitan a sus alumnos el rol del árbol en la ciudad y se involucren al
respecto.
Como señalamos anteriormente, para lograr estos objetivos es necesario poner en funcionamiento la
siguiente Legislación, haciendo foco en los siguientes artículos:
Ordenanza Nº 2.494
Artículo 1° - Créase el Consejo de Arbolado Público en el ámbito
municipal del Partido de Gral. Viamonte
Artículo 3° - El Consejo de Arbolado Público tendrá, entre otras, las siguientes
funciones:
a) Asesorar al
D.Ejecutivo en todo lo atinente a:
- Actualización de las disposiciones relacionadas con la
preservación del arbolado existente en calles públicas, parque, plazas y otros
espacios verdes, dentro de la jurisdicción municipal.
- Resolución de
presentaciones y/o reclamos efectuados por organismos públicos o privados, como
así también de vecinos frentistas, relacionados con problemas derivados del
arbolado público.
- Elaboración de
proyectos o planes de forestación y reforestación en calles, avenidas, accesos,
parques, plazas, etc., del Partido de Gral. Viamonte.
e) Colaborar con el
D.Ejecutivo en la organización y ejecución de Censos de Arbolado Urbano y
Espacios Verdes y en la difusión de sus resultados.
c) Delinear acciones
para instrumentar lo prescripto en la Ley Pcial Nº 12.276, (Régimen legal de
arbolado público)
Justificación: esta ordenanza permite que aquellos que conocen
y quieren a los arboles, puedan trabajar para mejorar y conservar a los mismos.
Además se amplia la mirada con respecto del tema y no se corre el riesgo de
depender solamente del criterio de una o pocas personas.-
Las escuelas pueden
formar parte del mismo y trabajar con sus alumnos al respecto.
Ordenanza Nº 2.663
Artículo 5º - La
autoridad de aplicación de la presente ordenanza será el D. Ejecutivo, a través
de la Oficina de planeamiento, o dependencia creada para tal fin.-
Justificación: Sería necesario que el Departamento Ejecutivo haga efectivo este artículo,
determinando claramente quien será la “autoridad de aplicación”, para evitar la
superposición de roles como ocurre actualmente.
DE LA PLANTACION
Artículo 6° La autoridad de aplicación elaborará anualmente un planeamiento
básico de plantación, reposición y sustitución de ejemplares pertenecientes a
especies que reúnan las características de adaptación, resistencia, sanidad y
belleza ornamental, características que se determinarán por vía reglamentaria.
Dicha planificación deberá ser acordada conjuntamente con el Consejo de
arbolado público creado mediante ordenanza Nº 2494.;
INSTRUMENTACION
Artículo 28º La autoridad de aplicación será asistida y asesorada por la Consejo
de arbolado público, creado por ordenanza 2494 en los términos allí dispuestos.
Artículo 29° La autoridad de aplicación, conjuntamente con el Concejo mencionado
en el artículo precedente, elaborará un inventario de actualización permanente,
mediante la instrumentación de un censo de los ejemplares del arbolado urbano,
recinto, diámetro del tronco, altura, estado general del ejemplar, daños que
presenta y todo otro tipo de dato que se considere necesario y que por vía
reglamentaria se determine.
Sería conveniente comenzar con la zona céntrica y expandirse
gradualmente hacia los barrios.
A continuación se presenta un cuadro en el que se ha inventariado los
árboles de algunas manzanas de la Planta urbana (en 2006), como una manera de graficar la
realidad de nuestro arbolado:
El mismo es el sector conocido
como Barrio de la Estación
Inventario de Sector I
N° Manzana
|
1
|
2
|
3
|
4
|
5
|
6
|
7
|
8
|
9
|
10
|
11
|
12
|
Totales
|
|
N° Árboles
|
82
|
19
|
36
|
53
|
67
|
47
|
65
|
14
|
61
|
69
|
58
|
43
|
614
|
|
Árboles Sanos
|
67
|
15
|
29
|
45
|
61
|
37
|
52
|
14
|
60
|
63
|
43
|
37
|
523
|
|
Árboles Enfermos
|
15
|
1
|
7
|
8
|
6
|
10
|
13
|
0
|
1
|
6
|
15
|
6
|
88
|
|
A. que causan problemas
|
0
|
3
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
3
|
|
Arboles Faltantes
|
18
|
8
|
21
|
16
|
11
|
32
|
13
|
11
|
9
|
9
|
15
|
21
|
184
|
|
Total Ideal de árboles
|
100
|
27
|
57
|
69
|
78
|
79
|
78
|
25
|
70
|
78
|
73
|
64
|
Remplazar o reponer:
|
275
|
Cantidad de árboles por especie en Sector I:
Sofora
|
4
|
Acacio
|
3
|
Acacio Bola
|
73
|
A. de Constantinopla
|
2
|
Álamo Plateado
|
1
|
Aromo
|
1
|
Catalpa
|
3
|
Ciruelo de Jardín
|
2
|
Conífera
|
1
|
Fresno Dorado
|
3
|
Fresnos
|
178
|
Jacarandá
|
11
|
Lila
|
24
|
Ligustro disciplinado
|
9
|
Liquidambar
|
11
|
Mondonguito o Crespón
|
38
|
Mora
|
1
|
Olmo
|
1
|
Palmera
|
2
|
Palo Borracho
|
2
|
Paraiso
|
104
|
Paraiso sombrilla
|
21
|
Plátano
|
52
|
Plumerillo
|
1
|
Roble
|
6
|
Sauce
|
6
|
Sauce Eléctrico
|
2
|
Suspiro
|
15
|
Tilo
|
25
|
Otros
|
12
|
Totales
|
614
|
Como puede observarse,
la variedad de especies es significativa, utilizándose especies como los
sauces, coníferas y liquidámbar por ejemplo, inapropiadas por causar problemas
por tamaño, crecimiento de raíces, caída de ramas, etc., y no existe un
criterio en la elección de las mismas.
Es necesario remarcar
que el porcentaje de árboles enfermos, que causan problemas o que fueron
extraídos y no repuestos, nos lleva necesariamente a organizar urgentemente un
planeamiento para la reforestación, el que deberá complementarse con campañas
de concientización explicando claramente el ¿Por Qué? de las medidas tomadas,
la importancia de no podar, de cuidar los árboles, de elegir especies
adecuadas, etc.
Artículo 7° La autoridad de aplicación, por vía reglamentaria, determinará las
especies autorizadas de cada arteria o sector, tendiendo a la uniformidad del
arbolado urbano, tanto en lo referente a
forestación nueva, reposición o sustitución de ejemplares. Procurando conformar
la diversidad sobre la base de especies autóctonas y predominantes en el
partido, de acuerdo a los ejemplares determinados en el anexo I.-
Artículo 8º La autoridad de aplicación informará, a los titulares de viveros o
forestadores con domicilio en el Partido de Gral. Viamonte, en relación a la
planificación anual y respecto a las especies autorizadas en cada sector, con
el fin de que estos puedan aconsejar a sus clientes.
Justificación: es
indispensable dar a conocer la existencia de estos artículos y ponerlos en
práctica para evitar que quienes particularmente coloquen arboles en sus
veredas, no elijan especies inadecuadas.
Por lo cual sugiero que se construya una cartilla informativa sobre las
características de los árboles que se pueden utilizar, así como también se
indique lugares de nuestra ciudad donde existen ejemplares de los mismos para
ayudar a la elección. A continuación incorporo información útil para la
confección de la misma.-
El trabajo conjunto con
los viveros garantiza la correcta forestación urbana cuando esta es realizada
por particulares.
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